AGROECOLOGÍA CAMPESINA


AGRO, LA PRÁCTICA

Actividad humana de incidencia directa en los ecosistemas mediante cualquier tipo de extracción de recursos naturales para la obtención de alimentos, medicinas y biomasa. Dividamos estas actividades en dos grupos fundamentales:
  •   Explotación. Este modelo, llevado a su máxima expresión a partir de la revolución verde y la producción industrial de alimentos, se basa en métodos mayoritariamente extractivos, considerándose en la práctica un modelo de interacción unidireccional. De esta manera se tiene en poca o nula consideración el mantenimiento de los equilibrios ecosistémicos y, en consecuencia, de variables indispensables como la fertilidad, el ciclo del agua o la biodiversidad, entre otras. Este modelo lleva instalado en nuestra historia hace no más de 70-80 años.
  •       Conservación y Regeneración. Este modelo, factor común de todas las comunidades históricamente apegadas a la tierra, se basa en métodos extractivos y métodos de devolución de manera constante. Hay una cooperación/interacción omnidireccional entre el aprovechamiento de los recursos y su mantenimiento. De esta manera, somos capaces de gestionar óptimamente cada ecosistema para asegurarnos su máxima longevidad favoreciendo su constante equilibrio. Este modelo lleva instalado en nuestra historia hace más de 5.000 años.

En los dos modelos nos encontramos con la raza humana cómo máxima artífice de uno y de otro. Por lo tanto, somos nosotros quienes tenemos la capacidad y la responsabilidad de cambiarlo o no, de elegir uno u otro.

Las prácticas milenarias de la agricultura, la ganadería, la conservación de alimentos, la medicina natural, la obtención de biomasa,….. aportan una cantidad insondable de información y experiencia basada en la práctica, en el método prueba-error.

Los denominados saberes ancestrales son motivo y objetivo de recuperación por parte de la agroecología campesina, pues comparten una cultura popular y colectiva que aporta infinidad de conocimientos sobre el entorno en el que vivimos y las interacciones que con éste debemos activar.


ECOLOGÍA, LA CIENCIA

“La ecología es la rama de la biología que estudia las relaciones de los diferentes seres vivos entre sí y con su entorno: la biología de los ecosistemas.”……….“La visión integradora de la ecología plantea el estudio científico de los procesos que influyen en la distribución y abundancia de los organismos, así como las interacciones de los organismos y la transformación de los flujos de energía. La ecología es un campo interdisciplinario que incluye a la biología y las ciencias de la tierra.” 

Toda investigación científica en pro del mantenimiento de los equilibrios naturales de cada ecosistema es fundamental para la agroecología y para el planeta. Estas investigaciones deberían ser aplicables y aplicadas al medio natural en todos los casos. Debería haber más biólogos trabajando en las fincas y no tanto en el laboratorio. La industria que vende insumos agrícolas, ganaderos, farmacéuticas,….ha estado mal-usando a la comunidad científica desde hace demasiado tiempo. Esto debe cambiar.

Recuerdo escuchar a un microbiólogo comentar que los mayores expertos del mundo en microbiología aceptaban no conocer más del 15% de los microorganismos existentes. Como científicos, no sabemos casi nada de casi nada sobre procesos naturales. Eso sin contar el funcionamiento reduccionista de nuestros cerebros, el cual utiliza ínfimamente su potencial, permitiendo ser inconscientes de casi todo lo que pasa a nuestro alrededor.

Parecería esto un ataque a la comunidad científica. En absoluto. Pero hay que recordar que a nivel cerebral somos muy simples y, para colmo, estamos convencidos de lo contrario. Si a esto le sumamos otros factores como, por poner un ejemplo, las prisas impuestas a las investigaciones con el fin de rellenar dossieres para poder cobrar y ganarse la vida.....

Quizás debiera haber más estudios en ecología de campo, campesina, con finalidades prácticas efectivas más allá de la presentación de documentación.


CAMPESINA, LA FILOSOFÍA

Ha habido, y sigue habiendo, comunidades indígenas por todo el planeta, también en Europa. Y probablemente las siga habiendo. Esta declaración de Naciones Unidas explica bastante bien lo que es el campesinado. Están resaltadas en negrita las variables que para el fin de este blog mejor definen la actitud y filosofía del campesinado.

DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS CAMPESINOS Y DE OTRAS PERSONAS QUE TRABAJAN EN LAS ZONAS RURALES:

Artículo 1
1. A efectos de la presente Declaración, se entiende por “campesino” toda persona que se dedique o pretenda dedicarse, ya sea de manera individual o en asociación con otras o como comunidad, a la producción agrícola en pequeña escala para subsistir o comerciar y que para ello recurra en gran medida, aunque no necesariamente en exclusiva, a la mano de obra de los miembros de su familia o su hogar y a otras formas no monetarias de organización del trabajo, y que tenga un vínculo especial de dependencia y apego a la tierra.

2. La presente Declaración se aplica a toda persona que se dedique a la agricultura artesanal o en pequeña escala, la siembra de cultivos, la ganadería, el pastoreo, la pesca, la silvicultura, la caza o la recolección, así como a las artesanías relacionadas con la agricultura u otras ocupaciones conexas en una zona rural. También se aplica a los familiares a cargo de los campesinos.

3. La presente Declaración se aplica también a los pueblos indígenas y las comunidades locales que trabajan la tierra, a las comunidades trashumantes, nómadas y seminómadas y a las personas sin tierra que realizan tales actividades.

4. La presente Declaración se aplica, además, a los trabajadores asalariados, incluidos todos los trabajadores migrantes, independientemente de su situación migratoria, y los trabajadores de temporada, que estén empleados en plantaciones, explotaciones agrícolas, bosques y explotaciones de acuicultura y en empresas agroindustriales.


A continuación algunos derechos que reflejan el modo y medio de vida del campesinado según la declaración anterior:

"Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a acceder a los recursos naturales presentes en su comunidad que sean necesarios para gozar de condiciones de vida adecuadas, y a utilizarlos de manera sostenible, así como a la conservación y protección del medio ambiente".

"Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a fundar organizaciones, sindicatos, cooperativas o cualquier otra organización o asociación de su elección para proteger sus intereses y negociar colectivamente, y a afiliarse a ellas. Esas organizaciones tendrán un carácter independiente y voluntario, y no podrán ser objeto de ningún tipo de injerencia, coerción o represión".

"Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a participar activa y libremente, ya sea directamente o por conducto de sus organizaciones representativas, en la preparación y aplicación de las políticas, los programas y los proyectos que puedan afectar a su vida, su tierra y sus medios de subsistencia".

"Los campesinos y otras personas que viven en zonas rurales tienen derecho a la tierra, individual o colectivamente".

"Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a las semillas "

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